
Convocatoria publicada en el BORM n 205, de 6/09/2011.
Plazo de presentación de solicitudes
- Para nuevas solicitudes: desde el 07/09/2011 hasta el 15/02/2012.
- Para solicitudes de renovación y solicitantes en lista de espera durante el año 2011: desde el 7/09/2011 hasta el 6/10/2011.
Plazo de presentación de solicitudes
- Para nuevas solicitudes: desde el 07/09/2011 hasta el 15/02/2012.
- Para solicitudes de renovación y solicitantes en lista de espera durante el año 2011: desde el 7/09/2011 hasta el 6/10/2011.
Beneficiarios del servicio
Podrán acceder a este servicio aquellos cuidadores no profesionales que atiendan de forma continuada a una persona con necesidades especiales de atención personal.
Podrán acceder a este servicio aquellos cuidadores no profesionales que atiendan de forma continuada a una persona con necesidades especiales de atención personal.
Requisitos de los solicitantes
- Que la persona a cuidar, si es mayor de 60 años, presente una situacin de necesidad de terceros para las actividades de la vida diaria, acreditada mediante informe médico normalizado.
- Que la persona a cuidar, si es menor de 60 años, presente cualquiera de las siguientes situaciones:
. Discapacidad física, psíquica o mental con necesidad de ayuda de tercera persona para las actividades de la vida diaria, y tener reconocida por el organismo competente, una minusvalía en grado igual o superior al 75%, y tener valorado, como mínimo, una puntuación de 15 en el apartado de necesidad de concurso de tercera persona. En el caso de menores de edad, no ser necesario la valoración del concurso de tercera persona.
. Reconocimiento de dependencia por el organismo competente; la calificación de persona dependiente en el grado III.
- Que bien el cuidador, o bien la persona a atender esté domiciliados en el municipio de Murcia. En cualquier caso el servicio no se prestará en domicilios fuera del Municipio de Murcia.
- Aportar la documentacin exigida.
- Aceptar las condiciones del servicio reguladas en esta convocatoria.
- Aceptar la aportacin económica que le corresponda, en su caso.
- Que la persona a cuidar, si es mayor de 60 años, presente una situacin de necesidad de terceros para las actividades de la vida diaria, acreditada mediante informe médico normalizado.
- Que la persona a cuidar, si es menor de 60 años, presente cualquiera de las siguientes situaciones:
. Discapacidad física, psíquica o mental con necesidad de ayuda de tercera persona para las actividades de la vida diaria, y tener reconocida por el organismo competente, una minusvalía en grado igual o superior al 75%, y tener valorado, como mínimo, una puntuación de 15 en el apartado de necesidad de concurso de tercera persona. En el caso de menores de edad, no ser necesario la valoración del concurso de tercera persona.
. Reconocimiento de dependencia por el organismo competente; la calificación de persona dependiente en el grado III.
- Que bien el cuidador, o bien la persona a atender esté domiciliados en el municipio de Murcia. En cualquier caso el servicio no se prestará en domicilios fuera del Municipio de Murcia.
- Aportar la documentacin exigida.
- Aceptar las condiciones del servicio reguladas en esta convocatoria.
- Aceptar la aportacin económica que le corresponda, en su caso.
Presentación de solicitudes
Las solicitudes, acompaadas de la documentación correspondiente se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Murcia y en las Oficinas de Información localizadas en las pedanías, bien directamente o por cualquiera de los procedimientos establecidos en la vigente Ley de Procedimiento Administrativo.
Las solicitudes, acompaadas de la documentación correspondiente se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Murcia y en las Oficinas de Información localizadas en las pedanías, bien directamente o por cualquiera de los procedimientos establecidos en la vigente Ley de Procedimiento Administrativo.
La documentación a presentar será la siguiente:
1. Solicitud, según modelo de esta convocatoria y que se proporcionará en el Registro General del Ayuntamiento y Centros Municipales de Servicios Sociales, debidamente cumplimentada.
2. Fotocopia del D.N.I. del solicitante y de la persona dependiente.
3. Certificado o Informe médico de la persona dependiente, indicando las enfermedades que padece, los tratamientos que recibe y los cuidados que precisa.
4. En el supuesto de personas con discapacidad o dependencia reconocida, Certificado de la Condición Legal de Minusvalía o Dependencia, tanto del/de la solicitante como del resto de miembros de la Unidad de Convivencia que aleguen esa situación.
5. Documentos que acrediten los ingresos económicos de cada uno de los miembros computables de la unidad de convivencia:
- Justificante/s de la/s pensión/es que percibe/n en el año actual, expresado en cuantía mensual, y emitido por el INSS u organismo competente, para todos/as aquellos miembros computables de la unidad de convivencia que sean pensionistas.
- Fotocopias de las dos últimas nóminas, de todos/as aquellos miembros computables de la unidad de convivencia que se hallen con contrato de trabajo.
- Última Declaración de la Renta o, en su defecto, Autorizacin del Interesado para que el Ayuntamiento de Murcia pueda recabar datos tributarios, a la Agencia Estatal Tributaria, relativos al nivel de renta de todos/as aquellos miembros computables de la unidad de convivencia.
- Certificación del Servicio Público de Empleo Estatal (Antes INEM) con expresión, en su caso, de la cuantía mensual de las percepciones económicas que reciban, para todos aquellos miembros computables de la unidad de convivencia que se hallen en situacin de desempleo.
- Declaración Responsable de Ingresos e Informe de Vida Laboral de aquellos miembros computables de la unidad de convivencia que se hallen en edad laboral y que no se encuentren en ninguna de las situaciones anteriores
6. Justificante del pago del préstamo hipotecario o de alquiler de la vivienda habitual de la unidad de convivencia, en su caso.
7. Orden de Domiciliación Bancaria, debidamente cumplimentada, firmada y sellada por la entidad bancaria.
En el caso de solicitantes y usuarios de este servicio durante el año 2011, sólo deberán presentar la solicitud cumplimentada y otros documentos que se refieran a circunstancias que hayan variado desdeque les fuera concedido el servicio.
Contenido del servicio
El servicio cubrirá los cuidados personales y de acompañamiento que necesite la persona en ausencia de los familiares, a través de profesionales con formación específica en atención a personas con necesidades especiales, pudiéndose prestar las siguientes tareas:
- Compañia activa: mantener conversación, lectura, apoyo.
- Acompañamiento a paseos y ayuda para desplazamientos.
- Aseo, higiene personal y movilización.
- Administración de alimentos: poner o dar alimentos preparados previamente por los familiares.
- Administrr medicación oral según las indicaciones de los familiares y prestar cuidados mínimos a enfermos crónicos.
- Acompañamiento a actividades culturales y de ocio.
- Cualquier otra tarea implícita en el desarrollo de las anteriores.
El servicio cubrirá los cuidados personales y de acompañamiento que necesite la persona en ausencia de los familiares, a través de profesionales con formación específica en atención a personas con necesidades especiales, pudiéndose prestar las siguientes tareas:
- Compañia activa: mantener conversación, lectura, apoyo.
- Acompañamiento a paseos y ayuda para desplazamientos.
- Aseo, higiene personal y movilización.
- Administración de alimentos: poner o dar alimentos preparados previamente por los familiares.
- Administrr medicación oral según las indicaciones de los familiares y prestar cuidados mínimos a enfermos crónicos.
- Acompañamiento a actividades culturales y de ocio.
- Cualquier otra tarea implícita en el desarrollo de las anteriores.
Aportación económica de los usuarios
El usuario aportará, por la percepción del servicio, la cuota que le corresponda en función de los ingresos económicos de los miembros computables de su unidad de convivencia, quedando exentas de pago aquellas unidades de convivencia, cuya renta per cápita no supere los límites establecidos en la tabla elaborada a tal efecto.
El usuario aportará, por la percepción del servicio, la cuota que le corresponda en función de los ingresos económicos de los miembros computables de su unidad de convivencia, quedando exentas de pago aquellas unidades de convivencia, cuya renta per cápita no supere los límites establecidos en la tabla elaborada a tal efecto.
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