Resolución de 11 de marzo de 2010, de la Dirección General de Integración de los Inmigrantes, por la que se convocan subvenciones para el retorno voluntario de personas inmigrantes
Convocatoria
La Dirección General de Integración de los Inmigrantes convoca la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el desarrollo de programas de retorno voluntario de inmigrantes.
Requisitos de los beneficiarios
Las entidades u organizaciones no gubernamentales que concurran a la convocatoria deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Orden TAS/1043/2007, de 18 de abril.
Presentación de solicitudes
Las solicitudes para participar en la presente convocatoria deberán presentarse en el plazo de treinta días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el 'Boletín Oficial del Estado'.
Las solicitudes se formularán de acuerdo con los anexos I, II, III y IV de la convocatoria, existiendo la posibilidad de su consulta a través de la Web del Ministerio de Trabajo e Inmigración en la siguiente dirección de Internet: www.mtin.es, y serán presentadas junto con la documentación correspondiente en la sede de la Dirección General de Integración de los Inmigrantes, calle José Abascal, número 39, 28003 Madrid; en la sede central del Ministerio de Trabajo e Inmigración, calle Agustín de Bethancourt, número 4, 28003 Madrid, y en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, así como en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 28 de abril, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
A la solicitud se acompañará la documentación que señala el artículo 5.4 de la Orden TAS/1043/2007, de 18 de abril.
Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración. Centro de Documentación
Avda. de la Fama, 3 · 30003 Murcia · 968 36 68 24 fax 968 36 51 82
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