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miércoles, 12 de mayo de 2010

SUBVENCIONES DESARROLLO PROGRAMAS PARA INTEGRACIÓN DE EMIGRANTES


Resolución de 6 de mayo de 2010, de la Dirección General de Integración de los Inmigrantes, por la que se convoca la concesión de subvenciones a municipios, mancomunidades de municipios y comarcas para el desarrollo de programas innovadores a favor de la integración de inmigrantes
Objeto de las subvenciones

El objeto de estas subvenciones será la realización de programas de carácter innovador que fomenten la integración de las personas inmigrantes, entendiendo por innovadores aquellos que ofrezcan actuaciones y/o metodologías nuevas, que mejoren las existentes o introduzcan nuevas formas de intervención social, que faciliten la inclusión social, prevengan situaciones de riesgo y promuevan la convivencia ciudadana en el entorno local.

Podrán ser objeto de subvención los programas innovadores dirigidos a fomentar la integración de los inmigrantes en el ámbito de las competencias de las entidades locales, y en especial los siguientes:

* a) Programas de carácter innovador de atención e intervención social con personas inmigrantes para su inclusión social, con especial atención a las mujeres y los jóvenes inmigrantes.
* b) Programas de intervención social integral en barrios o zonas con alto índice de población inmigrante, orientados a la prevención de la segregación urbana.
* c) Programas dirigidos a la prevención de conductas discriminatorias, racistas y xenófobas y programas de sensibilización dirigidos a la población en general.

Requisitos de los beneficiarios

Las subvenciones que se convocan por la presente Resolución podrán ser solicitadas por aquellas entidades locales (municipios, mancomunidades de municipios o comarcas) que cumplan los siguientes requisitos:

* a) Carácter innovador de los programas, según lo descrito en el artículo 2.1 de esta Resolución.
* b) Aportación por la entidad solicitante de al menos el 20% del coste total del programa.
* c) Número de personas empadronadas igual o superior a 5.000 habitantes.
* d) Porcentaje de población empadronada extranjera no comunitaria, agregando además a rumanos y búlgaros, igual o superior al 6% del total del padrón.

Presentación de solicitudes

Las solicitudes para participar en la convocatoria deberán presentarse en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución en el 'Boletín Oficial del Estado'.

martes, 16 de marzo de 2010

CONVOCATORIA DE SUBVENCIÓN

Resolución de 3 de marzo de 2010 de la Directora Gerente del Instituto Murciano de Acción Social por la que se convocan subvenciones dirigidas a instituciones sin fin de lucro para el desarrollo de programas destinados a la integración socio-laboral y mejora de la empleabilidad de personas en situación o riesgo de exclusión social o con especiales dificultades para el año 2010
Objeto de las subvenciones

Convocar subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a Instituciones sin fin de lucro, que tengan por objeto o fin social la atención de personas en situación o riesgo de exclusión social, para el desarrollo de programas destinados a la integración sociolaboral de colectivos en situación o riesgo de exclusión social o con especiales dificultades y a la mejora de su empleabilidad a través del desarrollo de itinerarios individualizados de inserción, y otras actuaciones complementarias, todo ello conforme a lo establecido en la Orden de 5 de Enero de 2010 de la Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración (BORM nº 6 de 9 de enero), por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en materia de servicios sociales.
Finalidad

La finalidad de esta convocatoria es la integración social y laboral y la mejora de la empleabilidad de las personas que se encuentran en situación o riesgo de exclusión social o con especiales dificultades.
Colectivos en situación o riesgo de exclusión o con especiales dificultades

A efectos de lo dispuesto en esta Resolución de convocatoria de subvenciones se consideran colectivos en situación o riesgo de exclusión social o con especiales dificultades:

* Jóvenes en situación o riesgo de exclusión social.
* Personas de etnia gitana
* Reclusos y exreclusos.
* Toxicómanos, alcohólicos y víctimas de otras adicciones en proceso de rehabilitación.
* Víctimas de violencia doméstica.
* Personas perceptoras de la Renta Básica de Inserción, de la Prestación del Ingreso Mínimo de Inserción, y de Ayudas Periódicas de Inserción y Protección Social.
* Personas sin hogar.
* Personas en situación de desarraigo social.
* Personas que ejercen o han ejercido la prostitución y estén en situación o riesgo de exclusión social

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones, las Instituciones sin fin de lucro en cuyo objeto o fin social se incluya la atención de personas en situación o riesgo de exclusión social, para la realización, en la Región de Murcia, de programas a los que se refiere el artículo 1, siempre que dichos programas no puedan obtener subvenciones de otros departamentos de la Administración Regional.
Forma, lugar y plazo de presentación de las solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como Anexo I de la Resolución, acompañadas de la documentación que en el mismo se indica. Se presentarán preferentemente en el Registro General del Instituto Murciano de Acción Social (Ronda de Levante, nº 16, esquina plaza Juan XXIII, 30008 Murcia y Calle Alonso Espejo nº 7, 30007 Murcia), siendo válida, además, la utilización de cualquiera de los medios o procedimientos indicados en la Base 3.ª apartado 5 de la Orden de bases.

Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración. Centro de Documentación
Avda. de la Fama, 3 · 30003 Murcia · 968 36 68 24 fax 968 36 51 82